sábado, 27 de junio de 2009
CARLOS CAYUPE AILLAPAN , ES CONDENADO A 5 AÑOS DE PRESIDIO EN LA CÁRCEL DE VICTORIA SIN BENEFICIO ALTERNATIVO .
1.- Que con fecha 18 de junio del presente, se ha ratificado la condena de 5 años que pesa en mi contra, por el delito de incendio, negándose el tribunal a concederme beneficio alguno para un cumplimiento alternativo de la pena, debiendo permanecer en esta cárcel todo el tiempo que dura la misma.
2.- Que los hechos que se me imputan son producto de un montaje en mi contra por parte del Ministerio Público, ya que durante el juicio quedó de manifiesto la incongruencia en las declaraciones de los testigos de la parte acusadora, quienes se contradijeron en varias ocasiones en sus dichos, quedando una duda más que razonable para los jueces acerca de mi participación en los hechos. Además en el juicio se usaron testigos protegidos, respecto de los cuales es imposible saber si estaban o no realmente en el lugar de los hechos. Esto es un grave atropello al derecho humano de defensa, porque perfectamente se les puede haber pagado a estas personas para que declararan en mi contra y mi defensor tampoco podía contrarrestar mayormente los dichos de estos testigos si no sabía quienes eran.
3.- Que para el que suscribe, la defensa que se me asignó, gestionada por el abogado Rodrigo Flores, no ofreció seguridad alguna, toda vez que al igual que los fiscales del Ministerio Público también los defensores públicos son empleados del Estado.
4.- Que el Ministerio Público usó como argumento el hecho de que me reconoció la conviviente de la jueza Karen Atala, Ema De Ramón, por una foto carnet, quien aseguró que el día de los hechos a uno de los manifestantes se le había caído la capucha y que en ese instante me habría reconocido. Cuestión discutible porque el chofer del camión a quien se supone que yo habría bajado de su vehículo no fue capaz de vincularme con los hechos.
5.- Que en este caso se me ha identificado por usar el pelo largo, costumbre propia de mi cultura, la que además fue atropellada al ingresar a prisión preventiva, ya que la jueza María Olga Moreno, en una visita periódica a la cárcel de Victoria, me obligó a cortar mi pelo so pena de castigo en celda solitaria por 10 días, a pesar de que ya llevaba cuatro meses encarcelado y en ninguna otra visita había hecho reparos sobre mi apariencia. Además yo tenía como antecedente un permiso de Gendarmería para usar el pelo largo. Se vulneró también aquí el principio de inocencia, ya que estando en aquel tiempo como imputado debía ser tratado como inocente y considerando también que la jueza no tenía facultades para ordenar esta medida. Esto quedó de manifiesto en el llamado de atención que le hizo la Corte de Apelaciones de Temuco luego de que yo presentara un recurso de queja en su contra.
La única pista del Ministerio Público en mi caso fue que había alguien con pelo largo en el lugar de los hechos y con este débil argumento llegaron a mi comunidad preguntando por una persona con estas características.
6.- Que todos los hechos antes descritos demuestran que durante este proceso ha habido discriminación arbitraria en mi contra, tanto en mi trato como imputado como en el juicio mismo y que ahora me mantendrán encarcelado por los próximos cuatro años.
8.- Entiendo que todas estas malas prácticas legales, arbitrarias y racistas, obedecen a una política del Estado chileno de amedrentamiento y persecución hacia los mapuche, por el hecho de estar nuestras comunidades en proceso de recuperación de territorios ancestrales.
Hago un llamado a la opinión pública a denunciar estos atropellos a los derechos humanos, a no dejarse amedrentar por las policías y los fiscales, de modo que evitemos procesos y condenas injustas como la que hoy me toca afrontar, así como tantos otros peñi y lamngen en otras cárceles del territorio mapuche.
GENTILEZA : MARILLAN
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