viernes, 11 de diciembre de 2009

MANUEL TRANAMIL Y JOSE LEPICHEO ,QUEDÁN EN LIBERTAD PERO A LA ESPERA DE SU JUICIO POR "ASOCIACIÓN ILICITA TERRORISTA"



última hora .....exclusivo .....!!!





Hoy, el Tribunal de la ciudad de Cañeta revisó las medidas cautelares de José Lepicheo y Manuel Tranamil, ambos comuneros del sector Lleu leuche imputados por asociación ilícita terrorista, saliendo de la prisión preventiva y quedando en libertad condicional con firmas semanales.

Más de una cincuentena de comuneros y dirigentes mapuche aguardaron la salida de ambos peñi, los que fueron recibidos con afafanes y gritos de alegría.

Ambos, relataron estar contentos con la decisión del tribunal, ya que "no tenemos nada que temer, esto no es más que una persecusión política hacia nuestro sector Lleu lleuche para amedrentar a nuestro movimiento mapuche".

En horas de la tarde eran recibidos por sus familiares en sus respectivas comunidades.



GENTILEZA : De los Cuatro Puntos de la Tierra .

VIERA-GALLO , MINISTRO DE ASUNTOS INDIGENAS , CONADI Y EL ESTADO CHILENO ACTÚAN ARBITRARIA ,ANÓNIMA Y SIN CONSULTAR A COMUNIDADES MAPUCHES .



Hoy 07 de Diciembre de 2009, la Comunidad Indígena Rosario Morales o Lagümpawe Mapu, asentada en el territorio histórico de Karrürrügi, comuna de Cholchol, a través de sus autoridades tradicionales Logko, Werkén ka pu kona´, afirman en primer termino la relación espiritual con las tierras y territorios ka ñi pu Itxofill mogen, proclaman sus derechos colectivos de pueblo Nación Mapuche y exponen a la opinión pública Nacional e Internacional, así como a los medios de comunicación democráticos lo siguiente:


Hemos decidido manifestar públicamente nuestro descontento y rechazo a la actitud arbitraria, inconsulta y anónima que se encuentra desarrollando el MIDEPLAN, la CONADI y por su intermedio los “encargados de políticas indígenas”, quienes amparados en sus cargos han priorizado solapadamente bajo argumentos políticos colonialistas, la compra de predios a determinadas comunidades, sin considerar aspectos antropológicos, de ocupación, colindancias y delindancias respectivas, vulnerando en primer termino gravemente la propia Ley Indígena 19.253 , que en su Articulo 12 letra b señala que :“Son tierras indígenas aquellas que las personas o comunidades indígenas actualmente ocupan en propiedad o posesión proveniente de los siguientes títulos: - Títulos de merced de conformidad a las leyes del 4 de diciembre de 1866.


En razón de esto y siendo titulares de un Derecho Ancestral, demandamos al Estado de Chile, a la CONADI y al Ministro Coordinador de Políticas Indígenas José Antonio Viera Gallo, puedan revisarse los procedimientos en materia de adjudicaciones y se respete el Derecho Ancestral de tierras a nuestra Comunidad, según lo contempla la Ley indígena 19.253 y el Convenio 169 de la O.I.T, anteriormente descritos.


Reivindicamos y Declaramos firmemente posesión material e inmaterial del predio denominado hijuela 124 y LT B Picuta, actualmente utilizado por la empresa Forestal Probosque Ltda. Traspasado en “venta”, por la usurpadora familia Greves Uria, a esta filial transnacional que tiene hoy secuestrado nuestro: Wall mapu, Menoko, witxugko , mawiza ka pu itxofill mogen, generando esta ultima industria daños al medio ambiente y sus componentes esenciales como son la fertilidad de los suelos y agotamiento progresivo de las aguas, situación que se contrapone al medio ambiente saludable que las comunidades y sus habitantes debemos disponer según normativa ambiental en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente y refrendada por el articulo 13 del Convenio 169 de la O.I.T


Denunciamos el Incumplimiento y vulneración grave del Convenio 169 en vigencia plena en Chile cuyo Art. 6, insta a los gobiernos a través de sus instituciones a: “consultar a las comunidades respecto de la aplicación de medidas legislativas y administrativas que sean susceptibles de afectar directamente su respectiva población”.


La CONADI en ningún momento ha consultado a nuestra Comunidad acerca de sus decisiones en materia de Tierras, como tampoco de sus posibles efectos por lo que solicitamos a su actual Director Nacional Álvaro Marifil Hernández, pronunciarse al respecto.


Exponemos el uso malicioso del pacto "Re-conocer o Pacto Social por la Multiculturalidad" donde se priorizan comunidades como la José Chanqueo del Lugar Rapahue, siendo esta determinación arbitraria e inconsulta, desconociendo ámbitos de carácter colectivo o territoriales, ignorando derechos de restitución legitima de nuestra Comunidad, vulnerando nuevamente el convenio 169 en sus Articulos 13, 14 y 15 respectivamente, donde se señala el deber de los Gobiernos de Respetar, Reconocer y Otorgar Participación plena en todo lo relacionado a tierras y territorios, quebrantándose el derecho equitativo y generando conflictos entre las familias como consecuencia de decisiones políticas inconsultas.


Nuestra Comunidad el año 2001 ingresa antecedentes a la CONADI, donde se solicita la devolución y estudio jurídico de sus tierras, estando apercibida ésta institución y quienes la dirigen, teniendo el deber de Consultar y efectuar de buena fe los procedimientos en esta materia por lo que, exigimos se tomen las medidas que sean necesarias a fin de solucionar el requerimiento formulado.


Solicitamos a la empresa Forestal Probosque Ltda., a través de sus representantes, tomar conocimiento en terreno de nuestra demanda y de nuestros derechos en materia de recursos naturales existentes en nuestras Tierras, para de este modo, den cumplimiento y aplicación al Código de Conducta Responsable exigible en tierras y territorios indígenas, así como en Áreas de Desarrollo Indígena (ADIs), denominado Puel Nahuelbuta, al cual estamos adscritos, según decreto supremo (D.S. 168) del Ministerio de Planificación y Cooperación. En este sentido, exigimos la indemnización Justa que nos corresponde como comunidad Mapuche, por el enorme daño ecológico y ambiental a los espacios espirituales como Wall mapu, Menoko, witxugko , mawiza ka pu itxofill mogen, que han producido sus plantaciones de Eucaliptos en nuestro territorio.



Es mas, exhibimos como prueba de nuestro territorio el Titulo de Merced respectivo, por tanto, demandamos a la CONADI, al Estado de Chile y al Ministro Coordinador de Asuntos Indígenas, sirva tomar conocimiento de nuestra acción de rechazo a procedimientos inconsultos y arbitrarios e instamos a aplicar y dar cumplimiento al Convenio 169 de la O.I.T, y la Ley Indígena 19.253, para los efectos que se permita el Conocimiento, Participación e Información plena a nuestra Comunidad acerca de los procedimientos administrativos, así como de los medios de enajenación y transmisión de sus derechos, al cual no hemos renunciado y que hoy reivindicamos como parte de un proceso colectivo y afirmación de nuestros derechos esenciales, entre ellos la Tierra y el territorio como componentes de nuestras identidad y vida. Felepemay



Kiñe Mollfüñ kiñe weichan - Un pueblo una lucha



Marichiwew …








Nombres:



Autoridades Tradicionales y funcionales:



Manquian Morales Chihuaihuen Weupitufe Longko.

Segundo Maliqueo Manquecura Gillatufe Longko.

Hector Maliqueo Painemal Werken.