lunes, 15 de diciembre de 2008

LORENZO MORALES CORTES, ABOGADO DEFENSOR DE AVELINO MEÑACO SUFRE UN VIOLENTO ALLANAMIENTO EN SU DOMICILIO .

Dans Chili Les Droits De l´homme Sont Blessés



por Lucía Sepúlveda Ruiz



Lorenzo Morales Cortés, defensor de Avelino Meñaco, lonko de la comunidad Pascual Coña (sector LleuLleu, Región del Bío Bio) alegará en la Corte de Apelaciones este lunes 15 de diciembre, contra la petición de nulidad del fallo que absolvió a Meñaco del cargo de incendio. Sin embargo el profesional fue previamente despojado de toda su argumentación para el juicio, que fue fotografiada junto a otros documentos en el violento allanamiento que sufrió su hogar santiaguino el pasado 9 de noviembre, donde se llevaron su computador. La Corte de Apelaciones de San Miguel (en Santiago) fallará el amparo presentado por el propio abogado a favor de sí mismo y contra la fiscal adjunta del Ministerio Público Norte, Ximena Chong Campusano y la jueza del Séptimo Juzgado de Garantía, Cecilia Pastene Pérez. Lorenzo Morales se desempeña profesionalmente en la División Jurídica de la Municipalidad de La Ligua, V Región, que tiene una de las cuatro alcaldías comunistas del país.



“Tengo que alegar el lunes en Concepción y esto posibilita a la fiscalía conocer ilegalmente mi estrategia de defensa antes del juicio. No hay razón alguna para este allanamiento, ni proceso alguno en contra mía, esto es un acto de intimidación y por ello he presentado un recurso de amparo. Debo agregar que también allanaron el domicilio de mis padres”, denunció a esta periodista el joven profesional durante el desarrollo de un seminario realizado en la Universidad Central sobre Criminalización de las Demandas del Pueblo Mapuche, el pasado 10 de diciembre. Tratando de explicarse la violencia del procedimiento policial, el abogado –que no estaba en su domicilio al momento de la incursión policial - recordó: “He recibido también amenazas telefónicas, me dicen que tenga presente lo que ya les ha ocurrido a los abogados Myriam Reyes, Pablo Ortega y Jaime Madariaga, que han defendido causas mapuche y cuya carrera profesional ha quedado afectada. Eso lo tengo grabado y puedo presentarlo como prueba”.

Ayer, el profesional agregó que al acoger el recurso caratulado con el número 427, la Corte incluso lo extendió a la policía que efectuó el procedimiento, por la gravedad de los hechos. Numerosas organizaciones mapuche y de derechos humanos han solidarizado con Lorenzo Morales por la violación a sus derechos y el amedrentamiento de que ha sido objeto.



El juicio ganado

El lonko Avelino Meñaco fue absuelto por el tribunal oral de Cañete el 3 de noviembre, después de pasar ocho meses en prisión acusado de quemar una cabaña en el sector Antulafquén. Lorenzo Morales hizo comparecer a testigos que situaban al imputado en el sector Quilaco, a 5 km del lugar del incendio, lo que invalidó las acusaciones del ministerio público. Los fiscales exclusivos de la Novena y Octava regiones, Miguel Ángel Velásquez, y Mario Elgueta, respectivamente, habían pedido la pena de 10 años y un día de cárcel para el dirigente. Ellos no están acostumbrados a perder en los juicios. Recurrieron de inmediato, pidiendo la nulidad por supuestos vicios de forma.



Perfil del defensor

En 2007 y 2008 Lorenzo Morales ha asumido como defensor privado causas que afectan a miembros de la comunidad Juan Paillalef , como la lonko Juana Calfunao (presa en la Cárcel de Temuco) y su hijo Waikilaf Cadin (libre en la actualidad), entre otros. Su desempeño le ha valido el reconocimiento de esos luchadores sociales mapuche, quienes han destacado que el abogado ha prestado sus servicios profesionales en forma totalmente solidaria, lo cual les permitió por primera vez llegar a un juicio oral a exponer sus argumentos. Asimismo Morales ha interpuesto recursos de amparo por violencia policial en la comunidad Cacique José Guiñón, de Ercilla y representó al werken José Cariqueo en una demanda por injurias y calumnias contra Forestal Mininco.



La creciente pesencia de defensores privados especialistas en derechos humanos, y de profesionales tan destacados como el ex juez Juan Guzmán han sido clave para triunfos que hubieran sido imposibles de conseguir con los defensores públicos. El clima de amedrentamiento del que da cuenta el abogado Morales también forma parte de la criminalización de las demandas analizada en el seminario citado. Los profesionales del Observatorio Ciudadano que defienden causas que afectan a comuneros mapuche han sido cuestionados en varias oportunidades por el Fiscal Regional de Temuco Francisco Ljubetic.



En otros casos los amedrentamientos han afectado a profesionales comprometidos con la causa mapuche que trabajan para la Defensoría Pública Mapuche.



La jueza y la Corte de San Miguel

La jueza Cecilia Pastene Pérez, una de las mencionadas como responsables de los allanamiento, no tiene buena fama en los medios. En octubre de este año el Colegio de Periodistas debió recurrir a la Corte de Apelaciones de San Miguel para que se revocara la medida impuesta por la jueza, que prohibía a la prensa informar el nombre del abogado Pedro Toledo, formalizado por estafa. El fallo marcó un precedente jurídico en materia de defensa de la libertad de expresión.



En su tribunal, el 7º de garantía, el 15 de abril de 2007 Lorenzo Morales interpuso una querella por tortura en nombre de Waikilaf Cadin – entonces recluido en la Cárcel de Alta Seguridad ubicada en esa comuna - contra los responsables de hechos de esa naturaleza ocurridos en la cárcel de Temuco que continuaron durante el traslado del demandante a la capital en un vehículo de Gendarmería. No hubo avances en la causa.



En cuanto a la fiscal Chong, como adjunta en la División de Delitos Económicos y Funcionarios, ha participado en las investigaciones por delitos en las municipalidades de Huechuraba y Recoleta. Se ignora la motivación de esa Fiscalía en este caso.



Historial de amedrentamientos



Organismos nacionales como el Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas (hoy Observatorio Ciudadano) y entidades internacionales de derechos humanos como la Organización Mundial Contra la Tortura han ido registrando diversos tipos de amedrentamientos a profesionales vinculados a la defensa de los mapuche. Una de ellas es la causa por desacato interpuesta contra la defensora pública Myriam Reyes García el 13 de noviembre de 2005 en Temuco. Se la responsabilizó arbitrariamente de filtrar información publicada en el diario electrónico “El Gong” de Temuco, sobre los 20 millones de pesos que gastó el Ministerio Público en los diez testigos de cargo presentados en el juicio por el incendio “terrorista” ocurrido en el predio Poluco Pidenco (caso Patricia Troncoso y otros).



El año 2002, por otra parte, el abogado Pablo Ortega se querelló en Temuco contra los Fiscales del Ministerio Público responsables del delito de "interceptación ilegal de comunicaciones telefónicas". La magistrada Isabel Uribe decretó en esa oportunidad el cese de la ilegalidad que afectaba al profesional, defensor de los dirigentes mapuches Victor Ancalaf y José Huenchunao – en ese tiempo recluidos en Concepción- y de los miembros de la Coordinadora Arauco-Malleco. Estos últimos se encontraban entonces recluidos en la Cárcel de Temuco por el supuesto delito de "asociación ilícita terrorista calificada".



Ese mismo año, en agosto, el abogado Jaime Madariaga, que defendía a la menor Daniela Ñancupil por un caso de violencia policial sufrió el ataque incendiario e intencional de su camioneta.



Los principios vulnerados

El derecho a la defensa es un derecho absoluto, de acuerdo a la doctrina internacional de Derechos Humanos. Y también lo es de acuerdo al artículo 19 de la Constitución chilena, que establece en su artículo 19 que "todo persona tiene derecho a defensa jurídica", prohibiéndose expresamente a toda "autoridad o individuo" "impedir, restringir o perturbar la debida intervención del letrado". La Convención Américana sobre Derechos Humanos o Pacto San José de Costa Rica, asimismo, establece (artículo 8) el derecho irrenunciable del inculpado de defenderse personalmente o de ser asistido por un defensor de su elección y de comunicarse libre y privadamente con su defensor. Estas garantías judiciales, no pueden ser suspendidas ni siquiera en Estado de Guerra, de peligro público o de otra urgencia.
El desarrollo del juicio en Concepción y el resultado del recurso de amparo en la Corte de Apelaciones de Concepción arrojarán luces sobre el grado en el cual el Estado chileno sigue “avanzando” en la criminalización de las demandas del pueblo mapuche. En términos de los cientistas sociales, hechos como los descritos se inscriben en el ejercicio del “derecho penal del enemigo” es decir de aquel que justifica la suspensión total de las garantías para quienes rompen el pacto social y se colocan fuera del sistema, por lo que no gozan tampoco de sus beneficios legales.




GENTILEZA : AYLIN ARIS .

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