martes, 20 de julio de 2010

PRESOS POLITICOS MAPUCHES RECLUIDOS EN LAS CARCELES DEL ESTADO CHILENO 2010 .


A continuación esta el listado de Prisioneros Políticos del Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de TEMUCO:


Mauricio Armando Huaiquilao Huaiquilao, de la Comunidad Yeupeko, sector Tres Cerros, Vilcún.


Luís Sergio Tralcal Quidel, de la Comunidad Yeupeko, sector Tres Cerros, Vilcún.


José Sergio Tralcal Coche, de la Comunidad Juan Catrilaf II, sector Tres Cerros, Vilcún.


Pablo Canio Tralcal, de la Comunidad Juan Catrilaf II, sector Tres Cerros, Vilcún.


Pedro Alberto Cheuque Aedo, de la Comunidad Juan Catrilaf II, sector Tres Cerros, Vilcún.


Sergio Marcial Catrilaf Marilef, de la Comunidad Juan Catrilaf II, sector Tres Cerros, Vilcún.


Daniel Domingo Canio Tralcal, de la Comunidad Juan Catrilaf II, sector Tres Cerros, Vilcún.


Ángel Reyes Cayupan Canio, de la Comunidad Mateo Ñirripil, sector Muco Chureo, Lautaro.


Jorge Eduardo Cayupan Ñirripil, de la Comunidad Mateo Ñirripil, sector Muco Chureo, Lautaro.


Francisco Javier Cayupan Ñirripil, de la Comunidad Mateo Ñirripil, sector Muco Chureo, Lautaro.


Elvis Favio Millán Colicheu, de la Comunidad Mateo Ñirripil, sector Muco Chureo, Lautaro.


Eliseo Ñirripil Cayupan, de la Comunidad Mateo Ñirripil, sector Muco Chureo, Lautaro.


Marco Mauricio Millanao Mariñán, de la Comunidad Pascual Coña, Cañete.


Claudio Andrés Sánchez Lorca, de Temuco


Emilio Benkhoff Jerez


Pu Peñi, encarcelados en el Complejo Penitenciario “El Manzano” de Concepción:


Luís Guillermo Menares Chamilao, de la Comunidad Nalcahue, Cholchol.


Jonathan Sady Huillical Méndez, de Labranza


Ramón Esteban Llanquileo Pilquiman


Héctor Javier Llaitul Carillanca


José Santiago Huenuche Reimán, de Cañete


EXIGENCIAS DE LOS PRISIONEROS EN HUELGA DE HAMBRE


1.- No a la Aplicación de la Ley 18.314 (Ley Antiterrorista), a las causas del Conflicto Mapuche.


2.- No al procesamiento de la Justicia Militar en causas Mapuche.


3.- Libertad a todos los Presos Políticos Mapuche.


4.- Fin al Doble Procesamiento civil – militar.


5.- Fin a los Montajes político-judiciales; Que implican el termino de procesamientos externos y viciados, la no utilización de los testigos sin rostro y el termino de prácticas que violan los derechos humanos básicos como la extorsión, amenazas, torturas tanto física como psicológica y las condiciones degradantes en los centro de reclusión.


6. Inhabilidad de la jueza del tribunal de Lautaro sra. Haydee Roa, por sus conocidos compromisos con el poder político y latifundistas de la zona que la llevan a cometer arbitrariedades en su actuar frente a las causas del Conflicto Mapuche. Esta jueza ya ha sido amonestada de oficio por la corte de Apelaciones de Temuco, pero persiste en su actuar injusto y racista.


7.- Inhabilidad del abogado querellante de la intendencia, sr. Alexander Schneider Oyanedel para causas relacionadas con el Conflicto Mapuche, por haber actuado como defensor público y querellante en una misma causa: Atentado al fundo San Leandro de Lautaro. (Aberración que muestra el Prejuicio y Racismo de la justicia chilena)


8.- Encarcelamiento inmediato a los testigos protegidos que se encuentran confesos de los delitos investigados por la fiscalía y que actualmente mantienen a Mapuche inocentes en las cárceles chilenas.


9.- Desmilitarización de las comunidades en Conflicto Territorial Mapuche.

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